Hoy hemos contado con la
presencia de dos mujeres de la asociación GAIA que han venido a explicarnos que
es el acogimiento, como se realiza, lo tipos y gran cantidad de
información.
Han comenzado explicando en que
consiste el acogimiento y los tipos que pueden darse. En cuanto al acogimiento
familiar temporal nos han explicado que tiene un carácter
transitorio, bien porque de la situación del menor se prevé la reinserción de
éste en su propia familia o porque está en acogida mientras se obtiene otra
medida de protección con carácter más estable. Este tipo de acogida tiene una
duración máxima de dos años, que podrá variar dependiendo de la situación en la
que se encuentre. Al explicarnos este tipo de acogimiento nos pusieron el
ejemplo de una familia con dependencia toxica, y que han obtenido una
certificación de que no están consumiendo y ha sido comprobado mediante
pruebas, todo esto se valora y el menor podrá regresar con su familia, nos
explican que a lo largo del tiempo de acogida los padres y los/as hijos/as
podrán verse en unas visitas concertadas, en una zona cubierta y con una
duración de una hora al mes, siempre bajo la tutela de un supervisor, ya que
las personas que acogen no pueden ver a la familia biológica. Los/las menores
que van a ser acogidos llegan de diferentes partes de la comunidad para poder
tener una mayor protección ya que no pueden encontrarse con la familia o
conocidos de los familiares.
En cuanto a la acogida familiar
permanente, tiene un carácter de permanencia en el tiempo, se le ofrece al
menor una vida familiar estable, durante el tiempo que sea preciso, en
ocasiones hasta su mayoría de edad o hasta el momento de la independencia. En
este tipo de acogida no se prevé que el/la menor pueda volver con su familia,
aunque si puede tener visitas concertadas con ellos, pero no con la posibilidad
de que vuelva a la familia, normalmente, aunque luego puede haber alguna
excepción.
A continuación, nos han explicado
que la la Consellería tiene la tutela de todos los menores que entran en
desamparo y que aproximadamente tienen una pensión de 12 euros al día, 300
euros al mes aproximadamente para la familia que realiza el acogimiento, y que
se considera una cantidad simbólica porque no cubre todos los gastos que un
niños/a puede tener. Nos han explicado que cuentan con becas como por ejemplo,
la del comedor cuando están en edad escolar y que no solo lo tienen los menores
en acogida sino que automáticamente también se le otorga a sus hijos/as
biológicos. La familia de acogida también recibe una ayuda para gastos
extraordinarios como puede ser el dentista, prótesis dental, visitas de
especialista que no cumbre la seguridad social, ya que muchos de los menores
llegan con necesidades de apoyo como psicólogos, fisioterapeutas, etc… pero en
primer lugar lo abona la familia y después Consellería se lo paga.
Nos ha surgido en clase la duda
de que a tipo de colegio debían de ir los/las niños/as de acogida, ya que como
nos han explicado la tutela la posee Consellería, y nos han explicado que ellos
van al colegio que tu decidas, que puede ser privado, concertado o público y
que si es en un centro público les conceden una ayuda para libros, pero si es
en concertado no les cubren la parte de la enseñanza.
La edad del menor, junto con una
fuerte identidad familiar, el deseo de ser adoptado, la convivencia de mantener
vínculos o referencias con su familia de origen, la necesidad de mantener la
relación fraterna, etc. Hacen que en determinados casos no sea conveniente, al
menos inicialmente, la propuesta de adopción del menor, a pesar de que no sea
previsible el retorno con su familia. El acogimiento permanente ofrece una
alternativa familiar a los menores que en se encuentran en la situación de
tener un vínculo con la familia, porque cuando son muy pequeños o un bebe, es
decir, cuando tienen menos de 6 años se puede tramitar una adopción, pero si
tienen un vínculo con la familia, o un hermano, es más difícil, ya que aunque
estén en esa situación ellos tienen una historia y al ser más mayores ya
recuerdan y saben por lo que han pasado.
Todas las familias de acogida
deben de respetar el origen, la historias y las vivencias de todos los menores
y deben hacerles ver que hay otros modelos de familias y otras formas de crecer
y de convivir con la familia. A su vez, es importante que el menor sepa de
donde viene, que vea fotos de su familia y que tenga claro de dónde viene y
donde está ahora.
Nos explican que otra de las
modalidades que existe es la delegación de guarda y que esta
modalidad se utiliza para aquellos menores que están en centros y por diversas
razones apenas pueden salir con su familia biológica, únicamente en los fines de semana y periodos
vacacionales, y no es viable de momento el acogimiento temporal o permanente.
El objetivo de que vayan a
familias de acogida es poder proporcionarles un respiro a los/las menores
respecto a la situación de institucionalización, a la vez que conocen y pueden
disfrutar de un ambiente familiar distinto y diferente a lo que ellos han
vivido. Estas salidas no significan que sea un acogimiento, sino que se
autorizan las salidas.
Los niños/as propuestos para un
acogimiento familiar temporal o permanente tienen unas características que son
las siguientes: Son susceptibles de acogimiento familiar los niños de 0
a 18 años y son menores en cuya familia no están atendidos adecuadamente y
además no existe la posibilidad o conveniencia de su acogimiento por algún
familiar y también pueden tratarse de menores que ya se encuentren en
residencias, bien porque ingresaron mientras se valoraba su situación, bien
porque hasta el momento no se ha encontrado una familia dispuesta a acogerlos.
Nos explican que cada familia
posee un numero de acogida, pero en ninguno momento aparece el nombre, por
motivos de seguridad. Y que existe un procedimiento de urgencia que te llaman
porque los menores son retirados de las familias biológicas y les llaman
a las familias de acogida de urgencia, pero este procedimiento de normal no
supera un máximo 6 meses. Y que actualmente hay 217 familias de acogidas en
Alicante.
En este sentido caben señalas que
son especialmente necesarias las familias dispuestas a acoger:
- Menores a partir de 8 años
- Grupos de hermanos con el fin que no pierdan los
vínculos fraternos.
- Menores que han pasado por largos periodos de
internamiento.
- Menores con problemas de salud, minusvalías
físicas, psíquicas o sensoriales, anticuerpos de VIH, problemas de
desarrollo, desnutrición, lenguaje… (60 menores en todo Alicante con estos
problemas y han puesto un programa consellería)
En cuanto a la relación de la
familia educadora y la familia de acogida nos dicen que entienden que todos
tienen su familia y por eso en muchos de los casos se establecen regímenes de
visitas, para que puedan seguir en contacto, pero que en algunos casos es más
beneficioso para los/las menores que haya una relación directa entre las dos
familias. Pero destacan que cada caso de acogida tiene un tipo de relación y
que se respetaran tanto la disponibilidad de la familia educadora como la
biológica. Sin olvidar que siempre se respetará la realidad familiar.
Toda persona mayor de edad, con
independencia socio-económica y que estén dispuestas y sean capaces de educar
a un niño/a puede acoger menores de forma temporal o permanente.
Ser familia educadora implica una
serie de características:
- Voluntariedad y aceptación del acogimiento por
parte de todos los miembros de la unidad familiar.
- Motivación y capacidad educativa
- No buscar el compensar la ausencia o pérdida de
hijos.
- Disponibilidad de tiempo real de dedicación a los
niños.
- Respeto al niño, a su familia, a su cultura…
- Sensibilidad hacia los problemas sociales:
solidaridad y capacidad de ayuda.
- Flexibilidad de criterios educativos, religiosos,
ideológicos, etc.
- Aceptación de la colaboración de los demás
agentes implicados en el acogimiento: técnico, profesionales, etc.
- Disposición para realizar actividades de
formación.
Como reflexión personal, me
gustaría destacar la gran labor que realizan estas personas ya
que entregan su tiempo, su familia e incluso su dinero por los niños/as que se
encuentran en una situación desfavorecida y destacar también que me parece que
debería de estar mucho más reconocido su trabajo o su labor, en todos los
niveles, ya que muchas/os de ellas/os no pueden trabajar por dedicarse a ser
familias de acogida y al realizar esta acción ni si quiera pueden cotizar a la seguridad
social.

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